De este modo, el citado fallo constitucional entró a proteger toda forma de trabajo relacionada con la industria del sexo y del entretenimiento para adultos (prostitución, pornografía y, ahora, modelaje webcam), que, aunque diferentes entre sí, tienen un elemento en común: el intercambio de servicios personales a cambio de una contraprestación económica.
El modelaje webcam no está regulado por la legislación colombiana, pero quienes quienes prestan estos servicios están obligados a pagar impuestos al Estado por ello. Es así, como la Corte Constitucional considera que, pese a esa ausencia normativa, las modelos webcam no están excluidas del orden constitucional ni legal; y, por ende, los establecimientos dedicados a tales actividades, deben reconocerles los mismos derechos que le asisten a cualquier trabajador. La sentencia de marras, busca así evitar abusos contra personas que están en condición de vulnerabilidad por un vacío legal y por falta de otras oportunidades laborales.
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