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POLÍTICAMENTE INCORRECTO Y JURIDICAMENTE CORRECTO: DERECHOS DEL TAURINO EN COLOMBIA



Qué duda cabe que los cambios sociales y culturales, imponen nuevos valores éticos, los que a su vez pretenden ser interpretados por el ordenamiento jurídico. Tal es el caso de las corridas de toros, cuya práctica y afición parecen una especie de anacronismo en el nuevo milenio.  En el pequeño mapa taurino del mundo, que comprende solo 3 países en Europa (Portugal, España y Francia) y 5 en América (México, Colombia, Venezuela, Ecuador y Perú), cada vez hay una mayor oposición antitaurina por parte de las nuevas generaciones especialmente. En nuestro país, por ejemplo, el alcalde de Bogotá prohibió el uso de la Plaza de Toros de Santamaría para festejos taurinos. Algo similar ha ocurrido en Quito y en Barcelona, ciudades tradicionalmente taurinas.



Quizá el llamado Arte de Cúchares, algún día desaparezca como consecuencia de las presiones ejercidas por activistas de la causa animal, naturalista o ecológica, que no cesan de  atacar de palabra y obra, a veces por vías legales y a veces no,  a quienes tienen una forma diferente de pensar y sentir respecto a una especie bovina muy particular denominada comúnmente el toro de lidia.


Expresiones como “asesinos”, “bárbaros”, “maltratadores”, entre otras lisuras, se han vuelto usuales en el lenguaje de los detractores de la Fiesta Brava. Frente a esta injusta situación, conviene recordar o ilustrar a todos, incluyendo a los antitaurinos, pero especialmente a los taurinos, que la Tauromaquia  en Colombia, es una actividad que se encuentra dentro de un marco constitucional y legal. La Constitución Política en su artículo 7º señala que el Estado reconoce y protege la diversidad cultural de la nación colombiana. Una diversidad cultural que precisamente consiste en la aceptación de múltiples formas de vivir y de interpretar al mundo, aunque no coincidan con las de la mayoría de la población.



Por lo tanto surge entonces una inquietud fundamental para determinar si la Tauromaquia cabe dentro del concepto de “Cultura” y consecuentemente establecer si puede gozar de reconocimiento dentro de un estado social de derecho. La respuesta es claramente afirmativa: los espectáculos taurinos son una expresión cultural y artística del ser humano. En ellos convergen los distintos elementos de dan forma a la cultura: hay saberes, quehaceres, símbolos, tradiciones, rituales, etc. Con lo cual, no debe haber lugar a dudas de que la tauromaquia es cultural.  A propósito, el artículo 70 de la Constitución Nacional en su inciso segundo, dice: “La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país”. Situación que además quedó ratificada por la Corte Constitucional en la sentencia C-1192 de 2006.



Por otra parte, una norma jurídica como la Ley 84 de 1989 (Estatuto Nacional de Protección a los Animales) excluye la celebración de corridas taurinas como una forma de  crueldad hacia los animales.   Del mismo modo, la Ley 916 de 2004 (Reglamento Nacional Taurino) regula las actividades taurinas en armonía con los mandatos de la Carta Política como quedó ratificado por la declaración de exequibilidad proferida por la Corte Constitucional en sendas sentencias.  


Dicho lo anterior, puede afirmarse que los taurinos conforman una comunidad unida e identificada en la afición y practica de una manifestación cultural admitida por el ordenamiento jurídico colombiano.   Así mismo, las personas que ejercen la Tauromaquia de manera activa, es decir: toreros, ganaderos, empresarios, periodistas, peones y demás oficios afines, están también dentro de un marco de legalidad. Por lo tanto, impedirles realizar tales actividades, que constituye su modus vivendi, vulnera derechos superiores como la Libertad de Expresión, Derecho al Trabajo, Libertad de Profesión y Oficio y Libertad de Empresa, entre otros.



Como se ha dicho al comienzo del presente artículo, posiblemente dentro de uno o varios lustros las corridas de toros desaparecerán de la faz de la tierra, quizá solo serán un recuerdo grato para algunos e ingrato para otros recogido en poemas, películas y pinturas; pero mientras eso sucede, ocupan un sitio dentro de nuestro actual estado social de derecho, con el que hay que coexistir con respeto y tolerancia.

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