La Corte Constitucional de Colombia, mediante la sentencia Sentencia T-109-21 , ha reconocido derechos laborales a las personas dedicadas al modelaje webcam . El Alto Tribunal, se pronunció sobre esta materia, como consecuencia de la demanda interpuesta por una modelo webcam que fue despedida sin ninguna garantía, encontrándose en estado de gestación de 8 meses. Por su parte, el propietario del estudio webcam, alegó que el vinculo existente entre él y la mujer, era de carácter comercial y no laboral. De este modo, el citado fallo constitucional entró a proteger toda forma de trabajo relacionada con la industria del sexo y del entretenimiento para adultos (prostitución, pornografía y, ahora, modelaje webcam), que, aunque diferentes entre sí, tienen un elemento en común: el intercambio de servicios personales a cambio de una contraprestación económica. El modelaje webcam no está regulado por la legislación colombiana, pero quienes quienes pr...
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